Resolución de 11/05/2015, de la Dirección General de Mayores, Personas con Discapacidad y Dependientes, por la que se convocan para el año 2015 las ayudas de atención adecuada a favor de mayores y personas con discapacidad.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de la Resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 31 de octubre de 2015 o el agotamiento del crédito si es anterior.
Objeto:
Prestaciones a personas con discapacidad Asistencia especializada en Centro.
Fomento movilidad y autonomía personal: adquisición o adaptación de vehículos a motor ayuda transporte; adquisición ayudas técnicas.
Audífonos, gafas, lentillas.
Ayudas para compensar deficiencias ortodóncicas. -Prestaciones Mayores: Adquisición de gafas, lentillas, audífonos, prótesis dentales y ortopedia. Ayudas técnicas.
Destinatarios:
Serán personas beneficiarias aquellas con discapacidad o mayores que cumplan los requisitos generales y específicos establecidos en la base 5ª de la Orden de 31 de julio de 2014 (DOCM nº 151 de 7-08-2014)
Requisitos:
- Generales:
a) Residir o estar empadronado en Castilla-La mancha con una antelación mínima de 2 años o emigrante retornado.
b) Mayor de edad.
c) Constituir unidad familiar independiente.
d) Carencia de medios económicos según baremos establecido. No haber hecho donación de bienes en los cinco últimos años
e) No recibir prestación similar de cualquier otra entidad pública.
- Específicos de ayudas a Personas con discapacidad:
a) Poseer un grado de discapacidad no inferior al 33 %. b) En los casos de estancia en centros: haber solicitado reconocimiento de situación de dependencia o estar en lista de espera de plaza residencial de la Red Pública. c) En los casos de ayuda para fomento de la movilidad y de la autonomía personal, adquisición de audífonos, gafas, lentillas y ayudas para compensar deficiencias ortodóncicas, se acreditará la necesidad y concordancia.
- Específicos de ayudas a Personas mayores:
a) Tener 65 años cumplidos.
b) Justificar la Ayuda.
c) Acreditar la concordancia.
Importe: Criterios:
Las Ayudas se conceden en Régimen de evaluación individualizada, debiendo además alcanzar las solicitudes una puntuación mínima de 19 puntos, según los siguientes criterios:
a) la finalidad concreta, su coste y la disponibilidad presupuestaria.
b) Aplicación y eficacia de la ayuda.
c) Valoración total que se desprende de los informes y en especial la capacidad de satisfacer la necesidad con medios propios en función de su coste.
Documentación a aportar:
1. DOCUMENTACIÓN COMÚN PARA LAS AYUDAS - Certificación del padrón municipal en que conste su residencia y empadronamiento del interesado, sus convivientes y la fecha de alta en el mismo. - DNI ó NIE, excepto cuando autorice al órgano instructor para que proceda a la comprobación y verificación de datos. - Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F), excepto cuando autorice al órgano instructor para que proceda a la comprobación y verificación de datos. - Certificado actual de haberes, pensión, prestación o subsidio que perciba cada uno de los componentes de la unidad familiar expedido por la empresa u organismo correspondiente. No tendrá obligación de aportar certificación de prestaciones de Seguridad Social cuando autorice al órgano instructor para que proceda a la comprobación y verificación de datos En defecto del primero, se aportará la fotocopia del recibo de salarios de los últimos doce meses cuando se trate de ingresos regulares, o de los documentos oportunos cuando se trate de ingresos irregulares en cuantía y periodicidad. - Certificado de las entidades bancarias a quienes se les hayan confiado las cuentas o depósitos, sobre el saldo medio de los 12 meses anteriores a la petición de la ayuda, en cuanto al resto del capital mobiliario su valor al final del año anterior. - Copia del Impuesto sobre bienes inmuebles. - Presupuesto o factura relativo al gasto.
2. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA PARA AYUDAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD - En los supuesto de solicitud de ayuda para apoyo especializado en centro residencial, certificación del Centro e - En los supuestos de ayuda al trasporte, certificado de necesidad del transporte. 3.DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA PARA AYUDAS A PERSONAS MAYORES: - Informe emitido por facultativo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Lugar de presentación:
a) En el Registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad y Asuntos sociales, en el de sus Servicios Periféricos, o en cualesquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
b) Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección http://www.jccm.es.
Marco legal:
DOCM: 07-AUG-14 Orden de 31/07/2014, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de atención adecuada para mayores y personas con discapacidad y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2014.
DOCM: 14-MAY-15 Resolución de 11/05/2015, de la Dirección General de Mayores, Personas con Discapacidad y Dependientes, por la que se convocan para el año 2015 las ayudas de atención adecuada a favor de mayores y personas con discapacidad.
DOCM: 20-DEC-02 Decreto 179/2002, de 17/12/2002, , DE DESARROLLO DEL INGRESO MINIMO DE SOLIDARIDAD, AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL Y PRESTACIONES ECONOMICAS EN FAVOR DE COLECTIVOS DESFAVORECIDOS, Y DE LA COLABORACION Y COOPERACION EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES
Añadir nuevo comentario